Los planes de gestión de las ZEPA son instrumentos imprescindibles para cumplir con las obligaciones que España ha adquirido con la Unión Europea en materia ambiental, por lo que SEO/BirdLife considera positivo que la Junta comience a planificar la gestión de la Red Natura 2000 en el territorio de su competencia.
No obstante, el procedimiento elegido para la aprobación de este Plan de Gestión no es el que requiere un espacio incluido en la Red Natura 2000. A pesar de la estrecha vinculación entre el Plan de Gestión y la DIA del aeropuerto de Ciudad Real, el borrador no se ha discutido en el Observatorio de la Biodiversidad ni en la Comisión de Seguimiento Ambiental.
En cuanto a sus contenidos, el actual borrador ni siquiera define los objetivos de conservación, por lo que no se ajusta a la legislación vigente. Es más, al no cumplir con los contenidos mínimos exigidos por la ley básica que lo regula, el documento no puede ser considerado como el instrumento de gestión de la ZEPA.
Dado que las ZEPA se designan para la protección y conservación de las aves silvestres es necesario profundizar más en el diagnóstico de su situación. En el apartado 5.2.1.1. sólo se hace referencia a unas pocas especies cuando deben considerarse todas las especies del Anexo I de la Directiva de Aves, así como las especies migradoras que tienen una presencia regular en la zona.
Además, el diagnóstico para cada una de ellas es excesivamente superficial y no especifica las fuentes utilizadas. A juicio de SEO/BirdLife, no es posible basar un Plan de Gestión sobre un diagnóstico tan escaso.
Además, el Plan divide el territorio de la ZEPA en dos zonas, permitiendo determinadas actividades en la que considera menos valiosa. Pero los redactores olvidan que no se pueden admitir actuaciones que supongan un deterioro de ninguna parte de la ZEPA.
La Ley 42/2007 establece que es necesario conocer la evolución de las poblaciones y su distribución en el interior de la ZEPA. Sin embargo, el plan de gestión presentado carece de un programa de censos que permita verificar que se cumplen los objetivos de conservación. El programa de censos debería tener en cuenta todas las especies con presencia regular en el espacio y realizarlos con la frecuencia adecuada.
El Plan de Gestión no propone ninguna fórmula de dirección que garantice el cumplimiento de sus contenidos ni incluye una memoria económica. Tampoco asigna prioridades a las medidas propuestas ni las distribuye en el tiempo.
En el documento se identifican como amenazas para la conservación de la ZEPA las industrias extractivas, las casas ilegales, la ampliación de los núcleos urbanos cercanos y la actividad derivada de la puesta en funcionamiento del aeropuerto, pero no se incluyen las medidas para evitarlos.
El Plan no especifica la superficie en la que debe implantarse varias de las medidas agroambientales propuestas ni los indicadores de estado que permitan evaluar su grado de aplicación.
En cuanto al desarrollo urbanístico, todos los cambios en el planeamiento de los municipios colindantes deberían contar con un informe preceptivo y vinculante del órgano competente en la conservación y gestión de la ZEPA y deberán tener una evaluación que asegure la no afección a la ZEPA incluyendo los impactos inducidos.
Además, no se debería permitir la instalación de ningún nuevo tendido eléctrico aéreo que transite la ZEPA. Deberá evaluarse el impacto de los tendidos eléctricos existentes para poder analizar la eficacia de las medidas. En el caso de que sigan produciendo mortalidad por parte de las especies objeto del Plan, entonces deberán ser enterrados o desviados por fuera de la ZEPA.
Fuente: SEO/BirdLife.
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