sábado, 22 de noviembre de 2008

EEAA rechaza el Plan de Gestión de la ZEPA por sus graves deficiencias

EEAA-Ciudad Real solicita en sus alegaciones que se informe negativamente el Plan de Gestión de la ZEPA "Área Esteparia Campo de Calatrava" por las graves deficiencias y carencias detectadas en el mismo.

En opinión de esta ONG, el documento presentado a información pública ha sido redactado con precipitación. Esto se debe a las prisas que le han entrado a la Junta de Comunidades ante la negativa de los ministerios de Medio Ambiente y de Fomento a autorizar la apertura del aeropuerto por no haber cumplido las medidas de la DIA emitida hace casi tres años.

Una vez más, y ya son muchas, Junta y Promotores no se han sentado a reflexionar detenidamente el alcance de cada una de las medidas incluidas en la DIA y se muestran más preocupados por la apariencia que por el cumplimiento efectivo de las mismas.

De no ser así, no se puede entender la calidad de contenidos, la deficiente presentación formal y el más que cuestionable procedimiento de tramitación, que no ha tenido en cuenta a los dos órganos de control de la DIA del aeropuerto: el Observatorio de la Biodiversidad y la Comisión de Seguimiento Ambiental.

A continuación pasamos a describir algunas de las deficiencias más importantes encontradas y que justifican las afirmaciones anteriores:



1. El documento se presenta sin índice y con una paginación incompleta lo que dificulta su lectura y consulta. Lo mismo sucede con los mapas y figuras presentadas que carecen de numeración y fuentes de datos o con la ausencia de tablas o cuadros que faciliten la lectura, sobre todo de las medidas a adoptar, con sus indicadores, objetivos, etc. Incluso se han repetido párrafos enteros.

2. En el apartado “Antecedentes” no se menciona la existencia de la Comisión de Seguimiento Ambiental y del Observatorio de la Biodiversidad ni los trabajos desarrollados por ambos órganos, en especial por el Observatorio, que durante el año 2008 ha realizado un intenso análisis del programa de medidas agroambientales contenido en la DIA, trabajos que deben ser tenidos en cuenta de manera clara en el Plan de Gestión.

3. Los apartados que deberían servir para diagnosticar la situación y con ello orientar el plan de gestión se limitan a una mera descripción del medio, a veces errónea y con notables carencias.

Los datos contenidos en el apartado sobre clima y edafología no son utilizados en ningún momento, cuando de su análisis se deberían extraer importantes conclusiones para la gestión de la ZEPA (adecuación de cultivos a las características edáficas o determinación de fechas de siembra y recolección, por ejemplo).


El apartado sobre geología y geomorfología es muy deficiente. Los redactores carecen de un cartografiado de detalle que les permita tomar decisiones de gestión en cuanto a las actividades extractivas, el desarrollo urbanístico y de infraestructuras, la ampliación de núcleos urbano, la urbanización ilegal, la construcción de nuevos tendidos eléctricos o la construcción de infraestructuras para la producción de energía solar.

Sorprende que no haya ningún estudio sobre la propiedad y titularidad de la tierra, elemento clave para lograr alcanzar éxito en la gestión.

En el apartado de hidrología ni siquiera se menciona la presencia de la laguna de la Vana, sobre la que hay medidas específicas en las DIAs, o de la laguna de Argamasilla de Pozuelo de Calatrava, para la cual con este Plan de Gestión deberían revertirse las graves afecciones ambientales que ha sufrido en los últimos 20 años (vertidos de escombros o disminución de los niveles freáticos por la agricultura), aunque luego aparece por arte de magia en las medidas de actuación.


Tampoco se han tenido en cuenta los documentos editados por la Confederación Hidrográfica del Guadiana en relación a la nueva planificación hidrológica de esta cuenca fluvial, no incorporando el concepto de masas de agua contenido en la Directiva Marco de Aguas y en la nueva planificación de la Cuenca.

Pero ni siquiera el apartado que se supone que los redactores dominan, el de Fauna, aporta nada interesante de cara a la gestión, con “rellenos” manifiestos como el de los Artrópodos, Mamíferos, Anfibios y Reptiles.

En el apartado de Agricultura, el Plan de Gestión no hace referencia a la evolución reciente de los usos del suelo, ni aporta un inventario de las prácticas sostenibles que habría que fomentar.

4. No se propone una zona periférica de protección que amortigüe el impacto sobre la ZEPA de los desarrollos urbanísticos y de nuevas infraestructuras que se puedan acometer en el futuro. Teniendo en cuenta las fuertes presiones desarrollistas de Ciudad Real, que se van a trasladar a los municipios del entorno del propio aeropuerto, se hace imprescindible la adopción de esta área periférica de regulación.


No hay ni una sola mención a la relación de la ZEPA con la IBA nº 206 Campo de Calatrava.

5. En cuanto al capítulo 8, denominado Actuaciones de Gestión, EEAA quiere poner en evidencia el error de concepto que significa dividir la ZEPA en dos zonas diferentes. Una de ellas gozaría de una protección más estricta, mientras que en la otra se permitirían actividades de mayor impacto (cambios de cultivos, instalación de infraestructuras de producción de energía solar, etc.). Este planeamiento provocará a medio y largo plazo el fracaso de la gestión de la ZEPA.


Estando de acuerdo con los redactores en que hay dos zonas bien diferenciadas dentro de la ZEPA y compartiendo incluso los límites propuestos, discrepamos totalmente con las actuaciones de gestión. Para nuestra organización, la zona A representa la zona mejor conservada de la ZEPA y en consecuencia se deben potenciar las prácticas agrícolas y usos del suelo que actualmente se están realizando en ellas, sin más restricciones que la implantación de actividades y usos contrarios a la conservación de la comunidad de aves esteparias.

Donde realmente hay que realizar los esfuerzos y actuaciones de gestión más importantes y más intensos es en la zona B, que actualmente se encuentra degradada y que debería ser considerada como una zona de restauración ambiental cuyo objetivo final debería ser alcanzar un estado de conservación similar a la zona A.
Las actuaciones que los redactores reservan para esta zona B debería plantearse para la zona periférica de protección de la que hablamos más arriba.

De no rectificar la zonificación y las actuaciones de gestión en este sentido, se estará hipotecando el futuro de las poblaciones de aves esteparias y de la propia ZEPA, incumpliéndose de esta manera con los objetivos de conservación comprometidos por el Reino de España en relación a las Directivas Europeas de Aves y de Hábitats. Con las actuaciones de gestión propuestas por los redactores en la zona B se contribuirá a una paulatina degradación del estado de conservación de esta zona

Sorprende que no se establezca un calendario o cronograma de actuaciones y también se echa en falta cuales serán los procedimientos de respaldo (sean éstos de carácter fiscal, formativo u otros) de las actuaciones propuestas y en su caso de sanción.

Dentro de las actuaciones de gestión creemos necesaria la incorporación de un punto 8.6. sobre medidas de evaluación de la gestión planteada, al objeto de asegurar el seguimiento ambiental de las mismas. En este punto se recogerían todos los indicadores de seguimiento propuestos, debiendo indicarse la base científica, la fuente, la metodología específica y la justificación de la periodicidad para obtener los valores de cada uno de los indicadores, algo que incomprensiblemente no sucede y que en cualquier sistema de indicadores es de obligado cumplimiento.


Además, habría que incluir aquí programas específicos de seguimiento de las especies prioritarias con el fin de conocer la evolución de sus poblaciones, de manera que sea posible evaluar el éxito de las actuaciones llevadas a cabo y así poder mejorar las propuestas de gestión en un futuro.

En relación con los indicadores propuestos tenemos los siguientes comentarios que realizar:


- Fomento del cultivo de leguminosas: el indicador propuesto debería desglosarse en dos indicadores, uno destinado al seguimiento de islas y el otro al de rotación en parcelas.
- Mantener los rastrojos y retrasar su alzado: No se propone indicador de seguimiento.
- Fomentar el labrado de los barbechos a partir de julio: No se propone indicador de seguimiento.
- Desarrollo urbanístico e infraestructuras: No se propone indicador de seguimiento.
- Gestión cinegética: No se propone indicador de seguimiento.
- Infraestructura de producción y transporte de energía: No se propone indicador de seguimiento.
- Plan de Educación y Concienciación Ambiental: No se propone indicador de seguimiento.
- Programa de Voluntariado Ambiental: No se propone indicador de seguimiento.

6. En relación con el capítulo 9. sobre regulación específica aplicable a los usos y actividades, y teniendo en cuenta las consideraciones expresadas en cuanto a la zonificación propuesta, no se permitirán en el sector B de la ZEPA la construcción de nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica, la transformación a regadío de cultivos herbáceos de secano, nuevas plantaciones de cultivos leñosos y las reforestaciones de tierras agrarias, nuevas transformaciones de vid en vaso a vid en espaldera y nuevas plantaciones de cultivos de tallo alto.

En relación con las autorizaciones e informes, el silencio administrativo se entenderá en cualquier caso como negativo.

7. Consideramos incomprensible que no se arbitre la existencia de mecanismos de participación ni de instrumentos de apoyo al Plan de Gestión, cuando en el caso que nos ocupa se dispone de una Comisión de Seguimiento Ambiental y de un Observatorio de la Biodiversidad creados ad hoc por la DIA. En consecuencia, solicitamos la incorporación de un apartado en el que se incluyan las relaciones con estos dos órganos de seguimiento, otorgándoseles funciones de participación, seguimiento y consulta del Plan de Gestión, tal y como se recoge en la DIA.


Así mismo, se debería garantizar la participación activa de los propietarios y otros interesados, en especial otras Administraciones Públicas con competencias relevantes que puedan condicionar o influir en los objetivos de conservación, a la hora de poner en marcha la gestión más idónea de la ZEPA.

8. A continuación se proponen una serie de medidas concretas no tenidas en cuenta por los redactores del Plan de Gestión:


- Prohibición de realizar nuevas canalizaciones en el río Jabalón en el ámbito de la ZEPA.
- Restauración de toda la vega del río Jabalón en el ámbito de la ZEPA devolviéndola al estado anterior a la década de 1980.
- Reducir la presión del ganado vacuno que ha aumentado de manera significativa en torno al río Jabalón y el volcán de la Halconera.
- Demolición de todas las construcciones ilegales.
- La redacción de los Planes de Ordenación Municipal clasificarán el ámbito de la ZEPA como Suelo Rústico No Urbanizable de Protección Natural.

En cualquier caso, el Plan de Gestión presentado no responde a las Directrices para elaborar Planes de Gestión en las ZEPAs de carácter Estepario propuesto por la Sociedad Española de Ornitología (Carricondo, Howell y Pinilla, 2007), siendo especialmente grave las carencias en relación con la participación pública, la financiación, zonificación y elaboración y contenido básico de un Plan de Gestión. Tampoco se adopta de manera clara un modelo de gestión agroganadera sostenible para la ZEPA.

Fuente: EEAA-Ciudad Real

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